Medidas a adoptar por la OIT
- Se celebra la Conferencia Internacional del Trabajo y durante la Conferencia se reúne la Comisión de Aplicación de Normas de la Conferencia para examinar el informe de la Comisión de Expertos y una selección de casos individuales. Las audiencias de los casos individuales llevan a la adopción de conclusiones, que se comunican oralmente en la Comisión de la Conferencia. Al final de la Conferencia Internacional del Trabajo se adopta un informe con los resúmenes de la discusión en la Comisión de la Conferencia y sus conclusiones, que se publica en el sitio web de la OIT. Se distribuye luego en forma impresa. La Oficina transmite una copia impresa del informe de la Comisión de la Conferencia a los gobiernos en julio.
- El seguimiento de los casos considerados por la Comisión de la Conferencia lo asegura la Comisión de Expertos en el contexto del proceso de presentación de memorias regulares en virtud del artículo 22.
Medidas a adoptar por las administraciones nacionales
- Los gobiernos interesados son llamados a responder oralmente ante la Comisión de la Conferencia en casos seleccionados por los representantes de los empleadores y de los trabajadores en la Comisión de la Conferencia.
- Los gobiernos deben responder a las conclusiones de la Comisión de la Conferencia en el año indicado que a menudo es el mismo año.
Medidas a adoptar por los interlocutores sociales